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Formación en Prevención de Riesgos Laborales

Hoy tenemos un invitado de lujo en el blog para hablarnos sobre Prevención de Riesgos Laborales.  Se trata de Alberto García Gómis, un gran amigo y compañero con amplia experiencia en la gestión de riesgos en obras de construcción, ya se a como coordinador en materia de seguridad, asesorando empresas o como formador en materia de prevención de riesgos en el sector de la construcción.

Además, se trata de un gran director de ejecución de obras, siendo responsable de importantes promociones inmobiliarias tanto como director de ejecución como en su faceta de coordinador en materia de prevención de riesgos.

En cualquier caso, poco vale lo que yo pueda decir de Alberto, pues no sería en ningún caso imparcial por la gran amistad que nos une, así que os recomiendo que visitéis su perfil en linkedIn para conocer mucho mejor su intachable trayectoria profesional.  Os recomiendo que lo agregueis como contacto para que podais compartir con él toda su experiencia.  Si quieres, puedes hacerlo pinchando aquí.

Sin más, os dejo con su artículo, donde nos habla sobre las necesidades formativas de los trabajadores de la construcción, espero que os resulte tan interesante como me lo ha parecido a mi.

Todo el mundo que trabajamos en el sector de la construcción hemos tenido relación en mayor o menor medida con la formación en materia de prevención de riesgos laborales: hemos sido alumnos o profesores, hemos organizado acciones formativas a trabajadores a nuestro cargo, hemos recopilado certificados de formación de trabajadores de empresas subcontratistas…etc.

¿Alguna vez nos hemos preguntado para que sirven estos cursos?

La razón fundamental de la existencia de formación obligatoria en materia de PRL es combatir la siniestrabilidad laboral, en resumidas cuentas: PARA QUE NO SE PRODUZCAN ACCIDENTES LABORALES.

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Lo que era la prevención

Los beneficios de la no existencia de accidentes laborales es obvia para los trabajadores, que expuestos a riesgos diariamente en sus puestos de trabajo evitan fatídicas consecuencias en su salud.

Los beneficios reportados a los empresarios no siempre son tan apreciables, pero podemos destacar: evitar reclamaciones judiciales civiles y penales, mayor rendimiento de plantilla (no existen bajas), mayor productividad, mejor ambiente de trabajo…etc.

La mejora de las condiciones de trabajo es una premisa fundamental del la formación en PRL, el entorno singular de las obras de construcción dificulta la aplicación de las medidas preventivas.

En las obras nos encontramos un entorno cambiante (cada día que entramos a la obra es diferente), además en el centro de trabajo existe solape de actividades que se ejecutan simultáneamente y afectan a las actividades de su entorno (algo impensable en otros trabajos como por ejemplo las cadenas producción lineal).

Estas peculiaridades definen un entorno de trabajo muy complejo y de riesgo.

La base de la formación de la PRL es la concienciación del trabajador, si alguien no se cree la PRL jamás la aplicará en su puesto de trabajo.

El segundo pilar de la PRL es la aplicación del sentido común (¡el menos común de los sentidos!), entendemos por sentido común: la aplicación de los conocimientos y las creencias compartidos por una comunidad y considerados como prudentes, lógicos o válidos. Se trata de la capacidad natural de juzgar los acontecimientos y eventos de forma razonable.

Y la tercera parte es la formación didáctica en las materias asociadas a la PRL, es decir, transmitir los conocimientos necesarios para obtener la información necesaria a aplicar en tu puesto de trabajo.

Históricamente la formación de Prevención de Riesgos Laborales en Construcción era un mero trámite burocrático, de contenidos repetitivos y escasos, impartido sin medios (muchos cursos se dieron en sótanos, casetas sin climatización o alrededor de un bidón con una hoguera).

Era normal escuchar: “este curso ya lo hice en la otra empresa”, “esto lo he visto 20 veces”…y era verdad.

Los empresarios hasta 2007 sólo estaban obligados a dar una formación mínima de 2 horas en materia de PRL.

Cada vez que el trabajador cambiaba de empresa perdía la formación ya que las empresas no les daban los certificados de formación.

Pero esto dio un giro radical!!!

La entrada en vigor del IV Convenio Colectivo del Sector de la Construcción (2007-2011) exige desde su entrada en vigor una formación mínima en materia de PRL mucho más amplia que la anterior, además el registro de las acciones formativas se centraliza enla Fundación Laboralde la Construcción (FLC) y la formación se materializa en una Tarjeta de Profesional de la Construcción (TPC).

Indicar que la obligatoriedad de la TPC entraba en vigor el 1 de enero de 2012 pero la sentencia del Tribunal Superior de 27 de Octubre de 2010 anula dicha obligatoriedad. Es lógico pensar que con la que nos está cayendo en el sector se discriminaba a los trabajadores que no poseían tramitada la TPC ya que los empresarios preferían contratar trabajadores con TPC obtenida.

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Tarjeta profesional de la construcción

http://www.trabajoenconstruccion.com/web/home.asp

Un error habitual es pensar que como la TPC ya no es obligatoria para acceder al puesto de trabajo, la formación tampoco lo es.  Pues no, la formación definida en convenio sigue siendo obligatoria, además desde 2007.

En resumen, el convenio nos exige una formación mínima en materia de PRL para los trabajadores del sector que será:

Nivel Inicial                8h                    Todos los trabajadores

Nivel Específico         20h                  Especialidades según puestos de trabajo y oficios

 

Es decir, cada trabajador realizará el nivel inicial sea cual sea su puesto de trabajo y además el nivel específico según su puesto de trabajo.

Si desempeñas varios oficios deberás disponer varias especialidades.

Las especialidades regladas las encontramos en la página web de la Fundación Laboral de la Constucción:

Menudo cambio, ¡de 2 horas hemos pasado a 28 horas mínimas!.

Indicar que existen convalidaciones, dentro de cada especialidad hay 14 horas de temario común por lo que al cursar la segunda especialidad sólo tendrás que hacer 6 horas. También los niveles básicos (60h) habilitantes para ejercer de recurso preventivo son convalidables. En la web de la Fundación Laboral de la Construcción están explicados los cuadros de convalidación y el procedimiento a realizar.

Otro aspecto a destacar es que los oficios recogidos por el Convenio del Metal (instaladores, cerrajeros, carpinteros aluminio) que dispongan trabajadores en centros de trabajo de obras de construcción tienen las mismas obligaciones que los del Convenio de la Construcción.

Como conclusión, los empresarios tendrán la obligación de formar en materia de Prevención de Riesgos Laborales a los trabajadores a su cargo antes de acceder a su puesto de trabajo y los trabajadores tendrán la obligación de recibir dicha formación.

Con la formación evitaremos el “yo no lo sabía”, “a mi nadie me había enseñado esto” y frases muy comunes del estilo.

Desde aquí reivindico la profesionalización en todos los ámbitos del sector de la construcción.

Ya está bien de tirar por tierra el oficio con frases como “esto se ha hecho toda la vida así y no pasa nada”, “¿me vas a enseñar tu como hacer mi trabajo?”, “no te preocupes, que a mi no me va a pasar nada”. Estas frases denotan una clara falta de formación profesional y sobre todo concienciación en materia preventiva.

Hasta aquí el artículo del amigo Alberto.  A mi me ha aclarado algunos temas que no tenía del todo centrados, así que espero que a vosotros también.  En cualquier caso, si os ha quedado alguna duda, no dudeis en hacer la consulta a través de los comentarios, Alberto estrá encantado de responder a todas vuestras preguntas.

Durante mi formación como Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales utilicé el libro «Formación Superior en Prevención de Riesgos Laborales«, en el que encontrarás información concreta sobre todos los aspectos relacionados con la Prevención.  Si pinchas en el título del libro podrás adquirirlo directamente en la plataforma de Amazon (enlace afiliado).

Os invito también a aportar vuestro punto de vista o a completar el artículo con los comentarios que considereis oportunos.

Espero que os haya gustado y os haya resultado interesante, de ser así te pido que me ayudes a dar a conocer el blog a tus contactos, pues igual a ellos también les interesa.

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127 Respuestas a Formación en Prevención de Riesgos Laborales

  1. ivan rivas 27 julio, 2016 en 11:36 #

    Lo que teneis que hacer es dejaros de rollos y no marearnis con vuestras estupidas leyes inventadas para sacar el dinero. En 2005 nos obligaron en mi empresa a hacer el curso de 10 horas (equivalente a 8 en sector del metal) a partir de 2010 lo cambian a 20 horas y nisiquiera nos convalidan las 10 horas q ya habiamos hecho y obviamente pagado. osea tuvimos q hacer y pagar en total 30 horas y nos cuentan 20

  2. Cristina Linares Serrano (DMB) 16 noviembre, 2015 en 12:43 #

    Buenos días,

    Mi pregunta es: Con la titulación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales que equivale al nivel intermedio de prevención de riesgos laborales, puedo impartir esta formación PRL de construcción??

    Gracias!!
    Cristina

  3. Anónimo 13 junio, 2015 en 14:05 #

    Los títulos diplomas o certificados de nivel básico los de 50h son válidos si son anteriores al 2010 y si son después son de 60h los de 50 h son válidos

  4. JOSE GM 12 mayo, 2015 en 12:37 #

    Hola a todos;

    De todos los cursos que la empresa me ha inscrito, para el desempeño de mis funciones en ella, me han entregado solo copia de los diplomas, quedandose ellos con los originales.
    ¿Puedo exigir a la empresa que me entregen los originales y que ellos se queden con copia? Hay alguna ley que lo contemple? Muchas Gracias.

    • rafa 7 junio, 2015 en 21:15 #

      como puedo recuperar los titulos que realice estando en la empresa cobra de prevencion de riesgos laborales y trabajos trabajos en altura

  5. Jose r 1 abril, 2015 en 8:12 #

    Hola. Lllevo. 2 años trabajando como repartidor para una empresa de repuestos de vehiculos soy autonómo y no temgo trabajadores a mi cargo
    Pero la empresa para la que reparto me exige que temgo que pagar los dos supuestos cursos que mo he hecho 139€ por cada año y no se si esto es legal o mo. Ya que no temgo empleados
    No lo debería pagar la empresa que es a ella quien se lo exigen.
    Esta empresa q es la que me da a mi trabajo. Trabaja a su vez con otro grupo bastante grande con lo cual yo soy un tercer percibidor.
    No se si me explicado bien
    Quiero saber si esto hay que pagarlo todos los años. Y si lo temgo que pagar yo o la empresa
    Gracias

  6. Eduardo 31 marzo, 2015 en 0:22 #

    Siento no estar de acuerdo con una de las afirmaciones del artículo. Según una reunión informativa del año 2012, las personas que realicen el curso de 20 horas de cualquier oficio están exentas de realizar el curso de 8 horas. Por lo tanto un «novato», que se incorpore al sector solo necesitará el curso de 20 horas de su oficio o el de 60 horas de nivel básico más las 6 horas de su oficio.
    Un saludo.

    • Jose 15 abril, 2015 en 10:20 #

      Buenas, esto es seguro? donde puedo obtener mas informacion sobre esto?
      Gracias.

  7. Guillermo 12 enero, 2015 en 18:45 #

    Hola buenas,aber si alguien me puede ayudar,tengo todos los cursillos de prevencion de riesgos lavorables echos pero la empresa donde los hice pasan de mi,donde los puedo conseguir.?

  8. Iris 30 noviembre, 2014 en 13:41 #

    Buenos días!

    Me parece un artículo muy interesante pero tengo una duda.

    La formación que tienes que pedir a los trabajadores para poder entrar en la obra tiene que ser el curso de 8h y el de 20h, a los gremios que están regulados en el convenio colectivo de la construcción (electricista, fontanero,…), pero por ejemplo si tienen que entrar otros gremios que no estan regulados (soldador, jardinero), entonces que formación hay que exigir??

    o simplemente, valdría con el registro de información y formación que debe proporcionarles la empresa a la que pertenecen??

    Espero su respuesta

    Gracias

    • ivan rivas 27 julio, 2016 en 11:33 #

      FONTANERIA ES SECTOR DEL METAL, NO CONSTRUCCION

  9. Manel 16 noviembre, 2014 en 18:29 #

    Hola,
    Tengo una duda que te agradecería si me pudieras ayudar , tengo el título intermedio de Prevención de Riesgos Laborales (el del Grado Superior de 2000 horas) . Puedo con este título impartir clases a los otros trabajadores de la empresa como por ejemplo conducir carretón elevador teniendo yo también el carnet de carretillero? Que ejemplos de cursos podría impartir a los otros trabajadores?

    Gracias

  10. Manuel Fernandez Esteban 1 noviembre, 2014 en 10:30 #

    Hola,, mi pregunta es la siguiente: Necesito dar el curso de » Formación preventiva pera el desempeño del puesto de trabajo» RGNBSM,, como sabéis es para Operario de maquinaria minera móvil. los impartís estos cursos ?? Gracias

  11. alvaro 28 octubre, 2014 en 18:11 #

    Buenas enrique y a todos, llevo en la electricidad bastantes años menos estos ultimos cuatro años.
    Mi pregunta es si mi ultima nomina es mas halla de los tres años como puedo probar que llevo de electricista muchos años??? Que pasa dejo de serlo??? Me parece lamentable ponr fecha de caducidad al conocimiento
    Bueno un saludo

    • Enrique Alario Catalá 28 octubre, 2014 en 20:35 #

      Hola Álvaro, no sé de qué manera puedes probar que llevas de electricista muchos años, salvo por la formación que recibirías en su momento para serlo. Al estar unos años sin ejercer no es que dejes de serlo, pero puede que la normativa o la tecnología haya cambiado y por lo tanto tendrías que actualizarte para estar al día en tu profesión.
      La formación debería ser continua, siempre hay algo que aprender.
      Un saludo y gracias por tu comentario

      • Jose Ortega Cano 7 junio, 2016 en 9:22 #

        Aplícate el cuento Alario y fórmate continuamente,…, con las 20 horas te convalidan las 8 horas. No se refería a eso sino a su carnet profesional, pero para entender hay que saber y eso ….Típico de coordinador de seguridad en obra….

  12. Jose angel 7 septiembre, 2014 en 7:48 #

    buenas, quisiera hacer el curso pero no se si el curso tiene un tiempo de validez, ya se que la tarjeta tiene 5 años de vigencia

  13. juan manuel amaya gonzalez 23 junio, 2014 en 19:15 #

    Hola buenas tarde, me gustaria como puedo recuperar los diplomas o titulo , ya que no los encuentro y poder recuperarlo por que me los piden, o donde me puedo informar, gracias.

  14. Lufa Fernandez 10 junio, 2014 en 13:00 #

    Buenas tarder, en mi caso he cursado el Cilo de Grado Superior de Prevención de Riesgos Profesionales de 2000h y al terminar nos dieron una tarjeta verde con los datos de los estudios realizados y los datos de la persona que los realizo, en este caso yo; pues bien hace poco perdí la cartera y con ella la tarjeta y no se donde debo solicitarla, todo lo que encuentro tiene que ver con la Tarjeta Profesional de la Construcción y no se que debo hacer. Gracias y saludos

  15. juan 12 marzo, 2014 en 19:39 #

    Es valida la tarjeta para trabajar en la CEE

  16. Anónimo 22 enero, 2014 en 23:35 #

    todo eso de la tpc no bale para nada, pienso que es para sacar dinero como no tienen bastante con los impuestos que hay. todos los que trabajamos en la construcción lo sabemos, los encargados y todos los empresario saben cuando va haber una inspeccion la misma inspeccion les dice cuando van ha ir y los trabajadores lo tienen todo preparado. yo he trabajado con mangueras eléctricas con muchos en palmes, y subirnos hasta el ultimo peldaño de las escaleras, pero cuando viene la visita las cambiamos por otras nuevas, y como eso muchísimas cosas mas, y si no lo haces ya estas en la calle, por donde tenéis que empezar es por concienciar ha los empresarios, pero creo que eso es una batalla perdida, en fin que esta todo echo una mierda, encima este gobierno apoya a las empresas y hunde mas a los trabajadores, y sino es así¿ por que no la ponen gratis ? yo te lo digo PORQUE SON TODOS UNOS CHORIZOS.

  17. manu 9 septiembre, 2013 en 20:37 #

    estos poderosos parece que han tardado 18años (desde que apareció la ley) en darse cuenta de que sólo un poderoso servicio de prevención puede dar formación. Y yo me pregunto ¿quién ha estado presionando a los intachables funcionarios? ¿qué tiene un servicio de prevención que no tenga un técnico para dar una formación teórica en aula?. Más sociedad corrupta mires por donde mires. Y a la calidad de los cursos, que la den pomada…

  18. jose 5 septiembre, 2013 en 12:15 #

    hola ,alguien me puede decir si estos cursos o titulos caducan,pues a mi me parec que con estos temas ya podiais haber empezado antes.yo tube un curso de prevencion de riesgo laborales para la comunidad de madrid y caducaba a los cuatro o cinco años

  19. gabriel 5 agosto, 2013 en 15:28 #

    holla mi duda es lo siguente: tengo el curso de 20 h pero de albanileria y para trabajar en una empresa de pintor, me pide que haga el de 8 h estoy en paro me podria decir donde se puede acer mas economico en madrid gracias

  20. José Manuel 23 julio, 2013 en 16:31 #

    Hola , yo tengo una duda.
    Llevo 22 años como dirección facultativa como aparejador y entre otras labores he tenido que hacer muchísimas coordinaciones de seguridad y estudios de seguridad, siempre como trabajador por cuenta propia.
    Ahora que estoy buscando trabajo por cuenta ajena me dicen que necesito un curso de 8 o 20 horas en materia de seguridad en la obra. ¿Eso es así ?
    Me van a obligar a hacer un curso sobre una materia en la que llevó trabajando 22 años?
    No me lo convalidan por mi formación académica o mis numerosas coordinaciones de seguridad visadas?

    Gracias

  21. ignacio 19 junio, 2013 en 14:22 #

    Hola tengo el cursillo de 10 h y el de 20h pero no encuentro el diploma de 20 horas y ahora me lo estan pidiendo para empezar una obra pero es q no lo encuentro, alguien sabe si puedo pedir una copia

    • juan julian 19 octubre, 2014 en 9:54 #

      Hola buenos días quisiera saber si puedo pedir copia de diploma 20 horas a Ignacio que lo perdió tambkalaién contestar en cuanto secse sepa algo

      • nekane 16 febrero, 2015 en 16:05 #

        Hice un curso de prevención en Navarra por mediación de la empresa en que trabajaba. Esa empresa cerró y para trabajar me lo piden. Como puedo o donde pedirlo. Ya que la antigua empresa ni se molestó en darnos

  22. Esther Herrera 4 junio, 2013 en 10:38 #

    ¿Vale la Formación Específica adquirida por el trabajador en una empresa de la que se le ha dado de baja para otra en la que entra a trabajar? ¿Cuál es la fecha de caducidad de los cursos, todos?

  23. jose luis sandoval anzaldo 24 abril, 2013 en 16:52 #

    Hola. Quisiera saber donde hacer estos cursos en Barcelona. Muchas gracias

  24. Alberto 18 abril, 2013 en 8:18 #

    Es muy importante la prevencion. Es una pena que solo se quiera enfocar en la escasa formacion del trabajador y no en las nefastas condiciones de muchas obras . Precios exclavistas. Subcontratacion de todo . Contratos alegales.excaso interes de las direcciones de obra por los trabajadores y sus condiciones en la obra…. Yo trabajo en muchas obras donde hay dos enchufes cada dos plantas y hay trabajando 10 personas y el encargado se desentiende . Pasando al trabajador toda la resposabilidad. Y las nuevas generaciones si estamos formadas.

    • Enrique Alario Catalá 10 mayo, 2013 en 22:54 #

      Hola Alberto, tienes razón, en muchas ocasiones las condiciones de las obras dejan mucho que desear. Yo, como dirección facultativa en el papel de coordinador de seguridad procuro que las condiciones cumplan unos mínimos imprescindibles, en muchas ocasiones me cuesta mucho pero es un tema en el que soy intransigente.

      Por otro lado, hay ocasiones en que lo complicado es hacer entender a alguno de los trabajadores que este tipo de exigencias no son capricho mío, sino que son por ellos, pero falta concienciación en las anteriores generaciones. Bien cierto es que a muchos jóvenes se les ve mucho más predispuestos y concienciados, quiero pensar que poco a poco va mejorando la situación.

      Por último, aunque soy consciente que en la gran mayoría de casos lo que voy a decir es muy complicado, existe en todas las obras el libro de incidencias en el que TODOS los que intervienen en la obra pueden dejar reflejada cualquier carencia en materia de seguridad, de manera que el coordinador o los responsables de prevención tienen obligación de tenerlas en cuenta e incluso de ponerlas en conocimiento de inspección de trabajo en caso de que no se solucione. Si, ya lo sé, es complicado, pero al menos que se sepa que existe este recurso, ya que mucha gente no lo conoce.

      Gracias por participar, te animo a seguir aportando tus comentarios y opiniones.

  25. miguel 13 febrero, 2013 en 1:45 #

    Cursillo gratuito de riesgos laborabres de 20horas

    • eulalia 10 abril, 2013 en 23:26 #

      Yo quiero saber si haciendo el curso de prevención de 60h, es necesario hacer el de las 20h por oficios

  26. james sandoval 31 enero, 2013 en 16:57 #

    por como hago para el diploma de formacion que lo hice en fuenlabrsda por me lo ha pedido una empresa para poder empezar a trabajar y para cambiar de nie a dni por que cuando hice el curso tenia nie yahora ya tengo la nacionalidad española muchas gracias por favor

  27. Anónimo 31 enero, 2013 en 0:42 #

    Buenas Tardes,

    Me llamo María y quería saber si para ejercer de Técnico Superior en PRL y Coordinador de Seguridad ,actualmente es necesario también tener la TPC de mandos intermedios o técnicos de ejecución???

    También quisiea saber que requisitos hay que cumplir y donde se hace para homologarse para impartir cursos de PRL y TPC en Castilla Y León.

    Muchas Gracias,
    Un Saludo,
    María.

  28. joaquin 14 enero, 2013 en 20:47 #

    hola somos una plataforma de desempleados de la construcción,mi pregunta es la siguiente es lógico que los parados tengamos la obligación de pagar y hacer todos estos cursos como la TPC,20 H.PRL,6 H. DE ESPECIALIDAD.QUE NOS CUESTA ENTRE 175 EUROS Y QUE SEGÚN NOS DICEN QUE SON LOS EMPRESARIOS LOS QUE DEBEN DE HACERLO, YA QUE LO QUE LO IMPARTE LOS COMPONEN CEOE,UGT,CCOO.NO ES UNA CONTRADICCIÓN.GRACIAS UN SALUDO

  29. joaquin 14 enero, 2013 en 20:38 #

    Hola soy el representante de una plataforma mayoritariamente de la construcción donde estamos en situación de desempleo es lógico que en esta crisis nos tengamos que pagar 1º la tarjeta TPC 30 EUROS 2º 20 HORAS PRL 125 0 80 EUROS MAS LAS 6 HORAS DE ESPECIALIDAD 20 EUROS.NO ES UN MONOPOLIO DE LA FUNDACION PARA SACAR DINERO.LA LEY LES PERMITEN ESTE ATRACO.UN SALUDO

  30. María 9 enero, 2013 en 20:41 #

    Hola:

    En primer lugar, muchas gracias por la información, me ha parecido muy interesante. He leído las consultas y, aunque he encontrado alguna muy similar, os expongo mi duda;

    Soy responsable de PRL en una empresa de construcción. Todos nuestros trabajadores cuentan con la formación de 20h. Ahora bien, ¿pueden exigirnos también que tengan las 8 horas? (todos los trabajadores tienen alguna formación del Aula Permanente además de las 20horas mencionadas pero, cuando la hicieron algunos de ellos, era de menor duración) ¿Sabéis si hay alguna normativa al respecto además del convenio?

    Muchas gracias por vuestra ayuda!

  31. juan jose 20 diciembre, 2012 en 22:05 #

    hola buenas yo estube trabajando en la construcción,hasta agosto del 2007 desde entonces y hasta fecha de 20 de diciembre del 2012 he trabajado en otros sectores diferentes que no tienen nada que ver con la construccion, donde he hecho curso de prevencion de altura y prevencion de riesgos laborales en otros sectores diferentes al de la construccion me puedo sacar la tpc si han pasado exactamente mas de 60 meses si la solicito en este caso serian 64 meses exactos desde la ultima vez que trabaje que fueron mas de 30 dias en esa fecha agosto 2007 puedo solicitar la tpc?

  32. O Ulloa 12 diciembre, 2012 en 15:18 #

    La formación de 20h de segundo ciclo incluye las 8 horas de nivel inicial. Por lo que si se hace el segundo ciclo no es necesario hacer el primer ciclo o aula permanente, por lo tanto las horas mínimas serían de 20 y no 28 como se comenta.

    Ahora bien… para qué sirve que un trabajador tenga únicamente el primer ciclo o Aula permanente??

  33. Francisco 23 noviembre, 2012 en 16:54 #

    Hola me llamo Francisco tengo un problema soy gruista con carnet y tengo la tarjeta de la TPC de 8 horas puedo trabajar en una obra o no.

  34. MARIA JOSE 14 noviembre, 2012 en 20:16 #

    HOLA TRINI, SOY TÉCNICO DE PRL Y SOY DOCENTE DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN PARA PODER PEDIR LA TPC, PUEDES ESTAR DESEMPLEADO O ACTIVO PERO TIENES QUE REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
    – PRESENTAR RELLENA SOLICITUD DE LA TPC
    – PRESENTAR UNA FOTO TAMAÑO CARNET
    – FOTOCOPIA DEL DNI
    – VIDA LABORAL ACTUALIZADA (< 3 MESES)
    – 1 NÓMINA O VARIAS NÓMINAS QUE SUMEN 30 DIAS TRABAJADO EN UNA EMPRESA DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, DE 5 AÑOS HACIA ATRÁS, O SEA, A PARTIR DEL 2007) O CONTRATOS O CERTIFICADOS DE EMPRESA
    – FOTOCOPIA COMPULSADA DEL DIPLOMA DE "AULA PERMANENTE" DE 8 HORAS.

  35. Trini 14 noviembre, 2012 en 14:16 #

    Hola, por favor, quisiera información,
    ¿Es necesario estar trabajando o dado de alta para solicitar la tarjeta TPC?

  36. Dasclar 12 noviembre, 2012 en 0:48 #

    Hola!! Tengo una duda enorme. Yo trabajo en una autoescuela dada de alta como centro de formación vial,soy profesora de autoescuela y también tengo el master de prevención con las 3 especialidades. ¿Puedo impartir cursos de carretillas elevadoras o el de operador de maquinaria de movimientos de tierra? De poder impartirlos, se expedirian diplomas acreditativos firmados por mi y el centro? o ¿eso no les serviría a los alumnos a la hora de presentarlo en la empresa? es que leo artículos y unas veces creo q sí y otras q no, con lo de la FLC no sé.

    Gracias, un saludo

    • Raúl 21 diciembre, 2012 en 21:46 #

      Buenas tardes, soy compañero tuyo de fatigas como profesor de formación vial. Estoy interesado en obtener el master de prevención de riesgos laborales. Este master me habilita para hacer cursos de prevención de riesgos laborales, TPC, cursos de carretillero, etc…

    • eulalia 10 abril, 2013 en 23:21 #

      Hola, en este caso podrías dar la parte teórica en prevención, la parte practica de la carretilla la debe impartir un docente con titulación en esta maquinaria

  37. jorge 20 octubre, 2012 en 0:53 #

    Hola : mira hice un curso formativo de prevención de riesgos laborales de 50 horas y obtuve un certificado como técnico de prevención de nivel básico esto fue en el año 2006 , esto fue trabajando para una empresa dedicada a la instalación y mantenimiento de redes telefónicas que esta en el convenio colectivo del metal . Mi pregunta es si todavía esta vigente este certificado o si tengo que convalidarlo para que este vigente ; además saber que tengo que hacer

  38. carlos 17 octubre, 2012 en 21:02 #

    Hice el curso básico de 8horas y despues el de 20horas. Si la formación corre a cuenta de la empresa a quién pertenece el título porque en la academia donde hicimos el curso me dicen que en la empresa y aquí que en la academia. El problema es que ahora la empresa hizo ajuste de plantilla y me despidio. ¿Puedo solicitar el título y deben dármelo?

  39. marcos 1 octubre, 2012 en 10:47 #

    necesito hacer los cursos de 8 y 20 horas pero no encuentro nadie que los dicte en murcia me pueden ayudar por favor

    • Enrique Alario Catalá 1 octubre, 2012 en 11:30 #

      Hola Marcos… ¿Has mirado en la fundación laboral de tu zona? seguro que existe alguna asociación de construcción que los imparte. Sino, se me ocurre que puedes ir a preguntar a la delegación de inspección de trabajo, seguro que tienen un listado de empresas formadoras acreditadas o algo parecido.
      Un saludo

      • MARIA JOSE 14 noviembre, 2012 en 20:22 #

        Hola Enrique soy Técnico en PRL y además soy docente de los cursos de formación, ¿me puedes indicar en qué parte del convenio, puedo ver que es obligatorio el curso de las 8 y las 20? Es que el otro día tuve una pequeña disputa con mis alumnos, ellos decían que los empresarios sólo pedían el curso de 20 y que el de 8 les decían que ya no valía para nada, entonces entre comilla me pusieron de mentirosilla, me voy al convenio pero realmente dice que hay un 1er cilo y un 2º ciclo pero no aparece claro de los dos son obligatorios.
        Muchas gracias.

      • jesus jerez 5 febrero, 2014 en 10:51 #

        Tengo una pregunta soy electricista y aora tengo el de 8h y el de 20h de albanil porke encontre trabajo de albanil como peon mi pregunta es si soy electricista me valdn los curso que ya tengo echos o nesecitaria otro de 20h como electricista

  40. jesus cordero romero 26 septiembre, 2012 en 23:09 #

    Hola me llamo Jesús, llevo desde principios de año en una empresa de construcción, me han comunicado esta semana que tengo que hacer el curso de 20 horas pués solo tengo el de 8 horas, me dice el empresasio o jefe que tengo que pagarmelo yo de mi bolsillo, 180€ , según he leido la formación de los trabajadores corre a cargo de la empresa , entonces porque lo tengo que pagar yo, me han comunicado que si no lo hago no puedo seguir trabajando en la empresa, me podeis dar vuestra opinión, gracias.

  41. RICARDO 26 septiembre, 2012 en 21:42 #

    Hola!
    mi pregunta va respecto a una nueva ley de prevención de riesgos laborales que no sabia ni que existia. «Prevención tanto de 8 como de 20″.

    Llevo nueve años trabajando de camionero (C+E) en obras,plantas de hormigón y de asfalto. Y siempre he hecho cursos de prevención de riesgos laborales en obra para camioneros,que me ha proporcionado las empresas. Hasta diciembre del 2009 estube trabajando en obras y entonces solo recuerdo haber hecho algún curso como el que he mencionado antes.

    El otro dia envie mi Currículum Vitae a una empresa y me respondio preguntandome si
    tenia la formación obligatoria en la actualidad para entrar en obra de Prevención tanto de 8 como de 20.

    ¿Me gustaria saber si de verdad,es obligatoria esta formación para entrar en una obra con un camión a cargar o descargar tierras…?

    Si es cierto que tengo que hacer esta formación,¿ me podrian decir donde y cuanto cuesta dicha formación?

    Cada vez no estan poniendo más difícil para poder trabajar. Ya me parece un robo que después de 9 años como camionero tenga que hacer un reciclaje para obtener el CAP, que vale entre 400 y 500 euros ,como para ahora también despues de estar 9 años en obras y plantas de hormigón, tener que hacer dicho curso
    de » formación obligatoria para entrar en obra de Prevención tanto de 8 como de 20″
    T.

    Existe algún sitio donde me den el curso gratuito. Pués desgraciadamente estoy desempleado y no cobro paro.He preguntado en el INEM y el reciclaje del CAP no lo realizan ellos o sea que tengo que pagarlo de mi bolsillo. Es una veguenza,que encima de estar en mi situación,(desempleado y sin cobrar). Nos lo pongan cada vez peor para poder trabajar.

    Sin mas gracias por la atención.
    Un saludo

  42. Jorge Torrejón 26 septiembre, 2012 en 12:47 #

    Hola Enrique, entre el 2007 y 2008 realicé un Master en PRL correspondiente a 600 horas. El master lo realicé antes de finalizar mi carrera universitaria, al finalizar dicho master se me dió una acreditación en el que pone que habia superado el master y pasados unos meses finalicé mi carrera universitaria.

    Durante estos dias me puse en contacto con el colegio que me habia impartido dicha formación para solicitar un certificado del curso y me dicen que cuando habia finalizado la carrera tenia que haber pedido el título de Téc. Sup. en PRL que debe de ser la equivalencia al Master en PRL y que ahora puede que ya no me puedan hacer el título porque se caducó o ya no vale….

    Busqué información con respecto a este tema, pero no encuentro nada…. ¿sabes algo con respecto al tema? espero que me puedas ayudar….

    Gracias de antemano, un saludo!!!!!!

    • RAMON RIUS RAMOS 1 julio, 2016 en 13:23 #

      En mi opinión:

      La normativa consultada señala que dispones de las condiciones para la obtención del título, dado que tanto en la disposición transitoria del RD 39/1997, como en la disposición adicional primera del RD 337/2010 no se indica de forma expresa la condición de disponer de un título universitario “a posteriori”, tal y como transcribo a continuación.

      «REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención;»
      Disposición adicional primera. Validez de certificaciones conforme al sistema de acreditación de la formación anterior a la entrada en vigor del real decreto.
      Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición derogatoria, los técnicos cuya formación en materia de prevención de riesgos laborales hubiese sido acreditada sin efectos académicos mediante certificación, expedida al amparo de la disposición transitoria tercera del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, obtenida antes de la entrada en vigor de este real decreto, podrán seguir desempeñando las funciones referidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997.
      REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. BOE nº 27 31/01/1997

      “Disposición transitoria tercera del Real Decreto 39/1997. Acreditación de la formación. (Derogada)”

      En tanto no se determinen por las autoridades competentes en materia educativa las titulaciones académicas y profesionales correspondientes a la formación mínima señalada en los artículos 36 y 37 de esta norma, esta formación podrá ser acreditada sin efectos académicos a través de la correspondiente certificación expedida por una entidad pública o privada que tenga capacidad para desarrollar actividades formativas en esta materia y cuente con autorización de la Autoridad laboral competente.
      La certificación acreditativa de la formación se expedirá previa comprobación de que se ha cursado un programa con el contenido establecido en los anexos V ó VI de la presente disposición y se ha superado una prueba de evaluación sobre dicho programa, o de que se cuenta con una formación equivalente que haya sido legalmente exigida para el ejercicio de una actividad profesional.

  43. davidcanales 24 septiembre, 2012 en 12:25 #

    quisiera saber para hacer un curso de 20 horas para carpintero de la construccion por fabor donde lo hagan barato o gratis

    • Enrique Alario Catalá 24 septiembre, 2012 en 14:10 #

      Hola David, siento no poder informarte, ya que ni siquiera me has dicho donde estás, pero seguro que buscando en asociaciones de tu gremio o buscando un poco en internet encuentras algo.
      Suerte y un saludo

  44. Ignacio 20 septiembre, 2012 en 1:26 #

    Buenos días o para mi en este caso noches, vamos a ello. Tengo un edificio del año 1976 que no posee documento de final de obra, o lo que es lo mismo certificado de primera ocupación, así que según lo preguntado en el colegio de aparejadores, arquitectos técnico e ingenieros de edificación, me comentan que debo realizar un nuevo proyecto en el que se cumplan la normas HD-91, y suficiente, al igual que me han dicho en el ayuntamiento en el que se encuentra el edificio. Hasta ahí todo bien, pero mi pregunta es ¿ cuanto he de cobrar a mi cliente por dicho trabajo a realizar? ya que visto así es sencillo, pero ……………
    Necesitaría ayuda o alguna indicación.
    Un saludo y gracias

    • Enrique Alario Catalá 20 septiembre, 2012 en 18:05 #

      Difícil pregunta Ignacio… No solo por el tema económico, sino también por la parte técnica, ya que exigir a un edificio de 1976 yna normativa que tiene una vigencia posterior no le veo mucho sentido, a no ser que los que proyectaron o construyeron el edificio fueran futurólogos y supieran de antemano las exigencias normativas de los siguientes 20 años.

      Es muy poco probable que tu edificio no cumpla la HD91, pues cuno se construyó no existía, así que pedirte que hagas un proyecto en el que el edificio cumpla esa normativa no le veo mucho sentido, pues obligaría en muchos casos a modificar partes del edifiio para adecuarlas a las exigencias.

      En primer lugar creo que buscaría la normativa de aplicación que le afectaba al edificio (seguro que poca o ninguna), de manera que puedas justificar el cumplimiento de ésta, pero no de una posterior.

      También tienes opción de estudiar las incompatibilidades del edificio con la HD91 y «negociar» con los técnicos que te lo vayan a supervisar (colegio o ayuntamiento) con el argumento de que el edificio no tiene que cumplir una normativa posterior a su construcción ni es viable obligar a los vecinos a realizar modificaciones.

      Difícil papeleta te veo compañero, espero que al final todo salga bien. Ya nos contarás.

      Un saludo

  45. david 6 septiembre, 2012 en 0:34 #

    Buenas noches queria preguntar como puedo convalidar mi titulacion de tecnico intermedio de prevencion de riesgos laborales.

    Mi caso es que en el año 2000 realice un curso de 350 horas y me saque la titulacion de tecnico de prevencion de riesgos laborales segun lo establecido en el cap 4 del reglamento de los servicios de prevencion Real Decreto 39/1997 de 17 de enero con lo que se me acredita para desarrollar funciones inherentes al citado nivel. Como convalido mi titulacion de tecnico superior de riesgos profesionales.

    • Enrique Alario Catalá 9 septiembre, 2012 en 19:03 #

      Me temo David que para convalidad tu título tendrás que completar la formación con las horas y contenido mínimo necesario para la titulación superior, aunque en estos momento para alcanzar esta titulación tienes que pasar por la universidad para cursarla como postgrado (que me corrija algún compañero si me equivoco)

      Un saludo

      • Jac 18 septiembre, 2012 en 21:11 #

        No puedes convalidarla ya que su formación de tecnico intermedio y la titulacion de tecnico superior de riesgos profesionales, son formaciones equivalentes y tienen lamisma validez para realizar la funciones que les establece el art.36 del Real Decreto 39/1997.La tuya es anterior a la aparición de los ciclos formativos de grado superior, no universitarios.
        Distinguir la titulación de tecnico superior de riesgos profesionales de la de tecnico superior de prevención de riesgos laborales, cuyo requisito anterior es tener carrera universitaria y master, el cambio es que ahora es master univeristario según Bolonia.

  46. Kas 21 agosto, 2012 en 21:28 #

    Buenas tardes.
    Soy Técnico «Intermedio» de Prevención de Riesgos Laborales (Intermedio lo pongo entre comillas porque mi titulación es TÉCNICO SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIOLES, un ciclo formativo de 2000 horas, con prácticas incluidas.

    Escribo porque me gustaría que me ayudarais a resolver una duda que tengo, y es que he estado trabajando en un SPA, como Técnico Jefe Provincial de Prevención, y estaba homologada como formadora de cursos por la fundación laboral ( según ellos decían, claro) el caso es que daba cursos tanto a trabajadores para TPC como a empresarios para REA, y algunos más.

    Dicha empresa fué a la quiebra, hace ahora un año, y me gustaría saber si una vez que ellos me homologaron, por la Junta de Andalucía, ¿Todavía sigo homologada para poder impartir cursos? ¿ Puedo ofrecerme como Formadora para buscar trabajo? ¿Como puedo saberlo?
    Muchas Gracias, y enorabuena por el blog

    • xomaloga 21 marzo, 2013 en 17:44 #

      # KAS
      Según la información que me dieron a mi al respecto, no es que estés homologada, lo que estás es reconocida para impartir determinada formación en función del nivel, etc.
      Puedes esgrimir esa circunstancia a efectos de búsqueda de empleo, pero solo te servirá para centros ya homologados, es decir, con tu titulación PRL no basta por ejemplo para que un centro de formación obtenga la homologación.

  47. Marisa 9 julio, 2012 en 19:43 #

    Buenas tardes, me ha gustado mucho el artículo, lo considero muy interesante, además explica todo de una forma muy sencilla y entendible por todos.

    Tengo una pequeña duda,

    Soy Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales y me gustaría ser formadora en Prl, me han comentado que tengo que darme de alta en la Fundación Laboral de la Construcción, pero no sé que requisitos hacen falta. Me han comentado que no es nada fácil que la fundación te de de alta como formador.

    Podéis ayudarme a resolver mi duda?

    Saludos

    • xomaloga 21 marzo, 2013 en 17:48 #

      Llama a la oficina de la FLC más cercana, allí te informarán de todo.
      Lo que es más complejo es dar de alta un centro de formación, pues en ese caso se exigen más cosas de los TPRL.

  48. jose ramiro 8 julio, 2012 en 22:05 #

    mi problema es el sigiente resido en alava haca 4 años saqe la targeta tpc com sucurso de 8 horas en 1999 ice un curso de osalan de delegado de seguridad de 15 horas me seria compatible para acreditar el de 20 y sise puede donde tengo que tramitarlo gracias

  49. juan jose 25 junio, 2012 en 22:52 #

    tengo el curso de 8h pero no tengo la acreditacion, voy a hacer el de 20h sera becesario para poder trabajar.

  50. GOGU 16 junio, 2012 en 8:14 #

    tengo el curso inicial de 8 horas
    de donde puedo sacar la tarjeta(madrid)?

  51. maribel 24 mayo, 2012 en 13:11 #

    Buenos dias, quisiera saber si teniendo un curso de prevencion de riesgos laborales (impartido por un sindicato) de 125 horas, pudiera convalidarlo para sacar la tarjeta TPC, y si fuera asi, donde puedo convalidarlo?

    • Enrique Alario Catalá 27 mayo, 2012 en 17:14 #

      Hola Maribel, el experto en temas de convalidaciones y demás es Alberto, pero creo que si que lo puedes convalidar, supongo que tendrá que hacerlo la Fundación Laboral presentando la titulación. En cualquier caso, la TPC no es obligatoria para trabajar y además tu tioenes acreditada una formación muy superior a la exigida para obtenerla, por lo que no veo hasta que punto te puede resultar interesante.
      Un saludo

  52. José Antonio 10 mayo, 2012 en 14:24 #

    Antes de nada agradecer a Alberto y a Enrique el artículo y sus respuestas a las preguntas, sois estupendos !!

    Mi pregunta es la siguiente:

    ¿ ami me queda la duda de para que sirve El nivel Básico de 60 horas? ¿Si un trabajador hace este curso, ¿ya no tendria que hacer el del 8 horas ni el de 20 horas?
    Se dice que este curso » nivel basico de 60 horas» es para ejercer funciones de Recurso Preventivo en obra. ¿pero que quiere decir exactamente eso?

    • Alberto Garcia 15 mayo, 2012 en 13:40 #

      Hola José, gracias por tus comentarios.

      Las convalidaciones de cursos las tienes aquí perfectamente explicadas:
      http://www.trabajoenconstruccion.com/resources/subirarchivos/00071292archivo.pdf

      Con el de 60 h te convalidan el de 8 h y 14 de las 20 del curso específico. Tan sólo habría que hacer 6 horas.

      El recurso preventivo es una figura legal exigible a las empresas que actúan como contratistas, su labor fundamental es la vigilancia del cumplimiento de las medidas preventivas especificadas en el Plan de Seguridad. El tema es complejo, a ver si me animo y Enrique me permite publicar algo al respecto.

      Un saludo.

      • Enrique Alario Catalá 15 mayo, 2012 en 16:37 #

        Gracias Alberto por aportar tus respuestas.
        En cuanto a lo de publicar algo al respecto de los Recursos Preventivos no es que te lo permita, es que te lo exijo…!!!! jajajaj!!!! Así que ya sabes, anímate, que es un tema que puede resultar muy interesante.
        Un abrazo

  53. juan 15 abril, 2012 en 12:21 #

    hola me piden un curso basico de 6 h y otro de 20h para entrar en la obra, a trabajar como instalador, yo soy autonomo, y me dicen que hasta que no lo haga no puedo entrar,es correcto, podria hacer estos cursos el dia 16 es decir ya, de manera continuada, gracias seriamos 2 autonomos

    • Alberto Garcia 15 mayo, 2012 en 13:34 #

      Hola Juan, es correcto lo que exigen para trabajar en obra.

  54. Miguel 13 abril, 2012 en 13:20 #

    Si dices que según la sentencia del Tribunal Superior de 27 de Octubre de 2010 anula la obligatoriedad en cuanto a la TPC, si acredito a través de un certificado que tengo un curso específico de 30 horas de prevención de riesgos laborales en la construcción, se me debe dar por válido independientemente de si la «mafia» de sindicatos y demás entes que giran entorno a la TPC indican si es de una entidad por ellos homologada o no, ¿es esto así? Muchas gracias…

    • Enrique Alario Catalá 15 abril, 2012 en 19:08 #

      Hola Miguel, siempre que la formación la haya impartido un técnico superior en PRL no tiene por que haber ningún problema.
      Espero haberte ayudado. Un saludo

      • Anónimo 10 mayo, 2012 en 13:56 #

        Y un técnico intermedio?

      • José Antonio 10 mayo, 2012 en 13:57 #

        ¿ Y un técnico intermedio ?

  55. aida 3 abril, 2012 en 13:28 #

    Buenos días,
    Tengo unos cursos de 60 h realizados en 2009, y ahora pasado el tiempo me encuentro con que la empresa ha desparecido y no estaba homologada por la flc. El diploma aunque expone todos los temas exigidos no esta cada uno de ellos desglosado. ¿Se puede ejercer las funciones de recurso preventivo dentro de la obra sin tener los diplomas homologados por la flc?

    • Enrique Alario Catalá 15 abril, 2012 en 18:39 #

      Hola Aida, la formación en PRL tiene que ser impartida por un Técnico en prevención, por lo que no es necesario que la empresa esté homologada por la FLC. Lo que si que es necesario es que el profesor que impartió el curso, sea de tu empresa o externo, tenga la formación que le capacite para impartir el curso y, además, haya firmado el diploma.
      Espero haberte ayudado.
      Un saludo y gracias por participar en el blog.

  56. rafael 13 marzo, 2012 en 17:48 #

    hola buenas tardes dicho titulo de rirsgos laborales en mi empresa donde trabajo la enseñanza se hara los sabados dias de descanso es posible negarse?si te niegas te podra echar de la empresa puesto que no tienes el titulo?gracias y un daludo

    • Alfredo 19 marzo, 2012 en 7:10 #

      Yo diría que no te puedes negar. Piensa que el título va a ser para tí, no para la empresa. El día que te largues, ya lo tienes.
      Recomiendo a todo el mundo que esté en elparo que aproveche para sacárselo. Va a ser un condicionante a la hora de encontrar trabajo. A mi ya me ha pasado.

  57. pedro 23 febrero, 2012 en 19:55 #

    necesito k alguien me asesore, trabajé en una empresa relacionada con la construccion, y aproximadamente hace 4 años k realice los cursos de riesgos laborales y creo que fueron el de mayor horas ( 50 h )aproximadamente. la empresa no nos dio ningun documento como que habiamos realizado el curso y mi pregunta es estaria obligada la empresa a proporcionar dicha documentacion para tramitar la tpc Gracias

  58. Juan 15 febrero, 2012 en 21:57 #

    Enhorabuena por el artículo.
    Creo que, efectivamente, el curso es necesario para el control de la seguridad en las obras. Que los trabajadores se benefician de esta formación de manera clara, y que la propia obra mejora al disminuir los accidentes.
    Pero creo que nadie esta viendo lo que el curso de 20 horas supone para el empresario. En mi caso, que tengo una pequeña cerrajería, tengo que hacer que toda mi plantilla pierda 20 horas laborables para poder acceder a una obra. El año pasado todos ellos hicieron el curso de 8 horas, y yo que soy autónomo, y un técnico de mi empresa, el de 50 horas.
    Con todo esto quiero decir que me parece una salvajada que año tras año tenga que soportar los costes de toda la seguridad: revisiones médicas, epis, elaboración de planes de seguridad, cursos de seguridad.
    Desde mi punto de vista, las 20 horas presenciales en horario laboral, (en un centro donde impartan la formación, pagando incluso el desplazamiento) deberían ser pagadas por la administración, a parte de poder bonificar el curso del propio curso. Si el trabajador se marcha, o es despedido, con él se marcha el curso de 20 horas y la inversión hecha
    Lo que se logra con estos costes tan disparatados es la trampa y la picaresca. Que yo haga pasar el curso a media plantilla y que haga todas las trampas posibles en la identificación del personal. Que contrate solo personal con el curso ya pasado en otra empresa, y que deseche curriculums por el mero hecho de no tener la formación realizada.
    Saludos

  59. fermin 7 febrero, 2012 en 10:39 #

    hola, mi pregunta es la siguiente, esta targeta (TPC)es valida para trabajar en el extranjero, por ej,suiza.

    • Enrique Alario Catalá 7 febrero, 2012 en 22:27 #

      Hola Fermín, me temo que no. La TPC acredita la formación en Prevención de Riesgos Laborales, pero nada más, no es un permiso de trabajo ni nada parecido.
      Gracias por la consulta, un saludo!!

  60. Mario 4 febrero, 2012 en 23:34 #

    Hola, soy arquitecto técnico y ejerzo como profesional liberal, habitualmente soy el coordinador de las obras en las que realizo la dirección, además tengo un contrato de colaboración con una mercantil contratista para realizarle el seguimiento de obras (mediciones, certificaciones, organización en obra de trabajadores para optimizar rendimientos y asesoramiento técnico). Lo que necesito saber es si necesito realizar los cursos de formación en estas condiciones, ya que los técnicos de una de las empresas a las que le trabaja mi cliente me solicita dicha formación.

    Gracias.

    • Anónimo 6 febrero, 2012 en 9:59 #

      Hola. La obligatoriedad la marca el convenio, si tu contrato está dentro del Convenio deberás hacerlos.
      Mira las convalidaciones en la web de la TPC por si pudieras convalidarte algo.
      De todas formas si trabajas en obras es aconsejable formarte en PRL sea cual sea tu formación profesional.

      Un saludo

      • Enrique Alario Catalá 6 febrero, 2012 en 12:15 #

        Gracias por el comentario.
        Un saludo

  61. LARA 1 febrero, 2012 en 19:52 #

    Hola, hace unos años estudié un máster superior en PRL con sus tres especialidades,¿ qué hace falta para impartir cursos TPC como profesor?. Gracias.

    • Anónimo 5 febrero, 2012 en 15:12 #

      Hola, poca cosa. Contacta con centros de formación acreditados y ofrécete. necesitas carrera y máster en PRL y pasar un trámite administrativo de homologación.

  62. Lucas Requejo Fernandez 25 enero, 2012 en 20:47 #

    Buenas tardes,

    Yo soy arquitecto técnico, con una experiencia de 3 años a pie de obra y a obra por año, estuve tanto en producción como en prevención (técnico de prevención) y ahora me quedé en el paro y de momento estoy reconduciendo mi carrera profesional al mundo de la docencia y las tasaciones.
    Una vez expuestos mis antecedentes, lo que quiero resaltar es lo increíble que me parece la repetición de los patrones de los componentes de la construcción, porque las mismas frases ( en mi caso formuladas en galego)y las mismas reacciones tengo sufrido tanto en obra como en cursos de prevención que vengo impartiendo.Todo ésto, me lleva a preparar de forma más concienzuda los cursos de formación para en la medida de lo posible y dentro de mis limitaciones, modificar ese pensamiento y ese comportamiento. También creo o espero, que este proceso sólo lo vamos a vivir los que estamos ahora en el ajo, ya que dentro de unos años todo el mundo se iniciará en las obras con algo de formación en PRL.
    En resumen, que agradecí leer el artículo ya que afianzo mis conocimientos.
    Un saludo, Lucas.

    • Enrique Alario Catalá 25 enero, 2012 en 22:28 #

      Muchas gracias Lucas por tu comentario, me alegro mucho que te haya parecido interesante, aunque todo el mérito lo tiene el amigo Alberto García, que es el que lo escribió.
      Espero que tengas razón en lo que dices en tu comentario y las nuevas generaciones de trabajadores de la construcción tengan una mejor formación en PRL, o al menos una mayor concienciación y sentido común!!!
      Te invito a visitar el resto del blog, seguro que hay otros artículos que también te resultarán interesantes.
      Gracias de nuevo y un saludo.

  63. Aurora 20 enero, 2012 en 0:01 #

    Hola!
    Soy técnico intermedio en prevencion de riesgos laborales. Actualmente trabajo en un SPA que es centro colaborador con la FLC e imparto cursos homologados:primer ciclo (8h), segundo ciclo (20h), recurso prevenctivo… Los precios por los cursos me parecen desorbitados. Siempre he pensado que yo por mi cuenta podría impartirlos por mucho menos dinero. Hay alguna manera de que como autónoma pudiera actuar como un centro colaborador de la FLC para impartir estos cursos?
    Muchas gracias.

    • Anónimo 20 enero, 2012 en 13:09 #

      Hola Aurora,
      No sólo la FLC imparte cursos de TPC, también existen cientos de centros formadores acreditados por FLC para impartir cursos de TPC.

      http://www.trabajoenconstruccion.com/web/entidades_homologadas_buscar.asp

      Aquí las tienes todas. Sólo tienes que ofrecerte como formador freelance.
      Te recomiendo adjuntar carta de presentación de formador.

      Esperemos que el siguiente convenio traiga mucha formación.

      Un saludo y gracias por leernos.

  64. manuel 19 enero, 2012 en 10:11 #

    Buenos días Enrique,
    Te expongo mi caso:
    Soy trabajador del PER por la rama agraria y trabajamos a través del ayuntamiento de nuestra localidad, y nunca nos dieron ningún curso de prevención ni nada parecido, con decirte que no sabemos ni la mutua que nos pertenece en caso de accidente, bueno, a lo que te iba, se oyen rumores que a otro año será necesario hacer un curso de prevención (en el cual te dan una cartilla que van renovando cada año, ese curso cuesta 50€ y hay gente por los pueblos que se dedica a impartirle)y querría saber si esto es cierto, si pueden cobrar por impartirle, si sería obligación del ayuntamiento impartir ese curso……muchas gracias Enrique. Un saludo.

    • Anónimo 20 enero, 2012 en 13:15 #

      Hola Manuel,
      Tu caso se desvía algo de nuestra especialidad que es la construcción.
      Como norma general según establece la ley, el empresario debe formar e informar a sus trabajadores en materia de PRL para el trabajo que vayan a desempeñar.
      El empresario debe asumir el coste de las acciones formativas y el trabajador tiene la obligación de asistir a los cursos.

      Por lo que la obligación de facilitar la formación es del empresario, sea público o privado.

      Te recomiendo que solicites la información de la mutua de accidentes y que no realices trabajos peligrosos si no has sido formado antes.

      Un saludo y gracias por seguirnos.

  65. Unai 3 enero, 2012 en 17:11 #

    hola, tengo un problema con mi diploma de 60 horas en riesgos laborales k recibi mas o menos por el 2007 si no recuerdo mal, el caso k queria convalidar el tcp si es posible ya k tengo entendido k acreditando experencia en el sector laboral y ese diploma me lo convalidarian, pero el problema es que entre mudanzas lo e perdido y queria preguntar si alguna forma de recuperarlo o tengo k volver a realizar el curso.
    gracias por leerme.

    • Enrique Alario Catalá 3 enero, 2012 en 21:13 #

      Hola Unai, supongo que tendrás que acudir al organismo en el que cursaste la formación para que puedan volver a acreditar el curso, pues no se me ocurre otra opción. A ver si alguno de los lectores del blog pudiera ayudarte, pero me temo que vass a tener que hacer lo que te comento.
      Un saludo

  66. francisco 24 noviembre, 2011 en 15:02 #

    hola me han pedido para trabajar un curso de 8 horas en riesgos laborales y yo tengo un diploma de 50 horas este diploma me puede valer por las 8 horas

    • Enrique Alario Catalá 26 noviembre, 2011 en 20:20 #

      Hola Francisco, si las 50 horas que comentas son en materia de prevención de riesgos no tiene por que haber problema. En cualquier caso, en estos momentos para tener el nivel básico necesitas el curso de 60 horas, así que te recomiendo que completes la formación para tener conseguir este nivel…
      Un saludo

  67. MARI CARMEN SORIANO 9 noviembre, 2011 en 14:07 #

    Hola, tengo una duda y quería a ver si me podeis responder, es que todo ésto es un poco caótico. Si un trabajador de la construcción ha realizado un curso con una empresa de Formación un curso de Prevención de Riesgos Laborales de 60 horas en Teleformación, ¿dicho curso se puede convalidar para la TPC? Y si es así, ¿Si ha realizado el curso éste año tambien se convalida? Muchas Gracias de antemano por su atención

    • Enrique Alario Catalá 9 noviembre, 2011 en 14:29 #

      Hola Mari Carmen, en principio si la empresa que ha impartido la formación está acreditada no tiene por que haber problema para convalidar el curso y poder obtener la TPC, aunque al ser en teleformación no sé exactamente cuales son los requisitos necesarios. Entiendo que si se han hecho los exámenes y se ha impartido la materia reglamentaria no tendrá ningún problema.
      En cualquier caso, invito al resto de los lectores que puedan aportar información más concreta a que la compartan contigo, sobre todo a Alberto García, que es el compañero que se redacta el artículo y que es un perfecto conocedor de éstos temas. Seguro que en breve aporta un comentario que te soluciona el problema.

      Un saludo

    • Anónimo 9 noviembre, 2011 en 14:47 #

      Hola Mari Carmen, el curso de 60 horas será válido si lo imparte una entidad acreditada y homologada por FLC. La entidad formadora debe emitir certificado de formación del curso (diploma). Con el diploma podrás realizar las gestiones de convalidación para la formación TPC. Entiendo que por lo menos con 60 h Nivel Básico le convalidarán la parte común de la TPC, de todas formas consulta las convalidaciones con la FLC.
      Espero haberte sido de ayuda. Un saludo

      • Enrique Alario Catalá 9 noviembre, 2011 en 15:00 #

        Gracias por la aclaración, espero que le haya servido a Mari Carmen.
        Un saludo

  68. Eva 22 septiembre, 2011 en 14:07 #

    Muy interesante toda esta información. De todas formas, no me quedan claros los siguientes puntos:

    – El personal directivo está obligado a hacer las 8 horas del Primer Ciclo??
    – Es obligatorio sólo el Primer Ciclo o también lo es el Segundo??

    Muchas gracias de antemano y un cordial saludo, Eva

  69. César Poggi Uvillas 3 septiembre, 2011 en 16:27 #

    Muy interesante, los felicito a ambos

    Un fuerte abrazo

    • Alberto García Gomis 7 septiembre, 2011 en 16:44 #

      Muchas gracias a ti por leernos

  70. Ricardo Hoyos (@ricardohoyos1) 1 septiembre, 2011 en 22:49 #

    Vaya exitazo Enrique, muy buen trabajo.

    Un abrazo

    • Enrique Alario Catalá 2 septiembre, 2011 en 13:17 #

      Muchas gracias, en esta ocasión todo el mérito es de Alberto, q es un crack en esto de la prevención en la Construccion!!!
      Un saludo

      • Alberto García Gomis 2 septiembre, 2011 en 18:33 #

        Gracias a ti por darme la oportunidad de estrenarme en tu blog. Ya estoy deseando repetir!!

        • Enrique Alario Catalá 7 septiembre, 2011 en 21:35 #

          Nada, pues ya sabes…!!! Solo tienes que decirlo!!! Yo encantado de contar con colaboradores como tu.

  71. Gaizka Pagazaurtundua 30 agosto, 2011 en 22:38 #

    Buenas tardes
    He leído el artículo con interés. Me parece un buen resumen de las exigencias actuales de formación en PRL, pero me trae a la cabeza las mismas dudas que arrastro desde que entró en vigor este convenio:
    1º – ¿Porqué estas horas?, estoy totalmente a favor del incremento de la formación en prevención, pero me gustaría saber si hay algún análisis serio tras este número o simplemente que a alguien le pareció un número bonito.
    2º – Este sistema garantiza que los trabajadores reciban un mínimo de formación, en los comentarios anteriores se recomendaba recibirla en una empresa de formación seria. Todos sabemos que hay empresas que no lo son y con frecuencia son las más baratas. ¿No sería conveniente un examen, realizado por una institución oficial, que permita verificar que el trabajador ha asimilado los conceptos y no se ha limitado a hacer acto de presencia en el curso?
    3º – ¿Se debe denegar el acceso a la obra a un trabajador que no haya recibido esta formación?
    4º – ¿Afecta a los trabajadores autónomos?

    Si alguien puede aclarar mis dudas os estaría muy agradecido.

    Saludos

    • Alberto García Gomis 31 agosto, 2011 en 9:44 #

      Buenos días Gaizka, gracias por tu aportación, me parece muy interesante tu reflexión.

      Las horas de formación vienen reguladas por el IV Convenio, el Convenio lo redactan sindicatos y patronal con la supervisión del gobierno. Sinceramente dudo mucho que exista análisis tras esa cifra ya que no creo que se pongan de acuerdo en nada. El siguiente convenio debería estar casi listo y aún están «peleando», si el 31 de diciembre no se ha aprobado será el gobierno el que lo redacte (y lo imponga).
      Yo como profesor de TPC te diría que la materia es repetitiva entre el inicial y el específico.

      Respecto al aprovechamiento del curso totalmente de acuerdo contigo. A día de hoy la formación a trabajadores es un trámite donde la evaluación (examen) es testimonial y se aprueba a todo el mundo. Para mi también debería existir mayor exigencia en la evaluación como por ejemplo en los cursos de gruísta.
      Indicarte que sí que existe cierto control por parte de la FLC y la Fundación tripartita para controlar que los cursos se imparten, cumplen horarios, control de asistencias de alumnos, estado de aulas, medios didácticos, etc.

      Por supuesto que se debe denegar el acceso si no posee la formación, tenemos que ser intransigentes, las obras ya son bastante caóticas por si solas.

      Los trabajadores autónomos también están afectados igual que los trabajadores que vienen del Convenio del Metal (instaladores, cerrajeros, carpinteros metálicos…), aunque vengan de cualquier convenio la exigencia del de construcción es que si entran en obra tengan esa formación mínima.

      Espero haberte dado algo de luz al tus dudas.
      Me alegra ver que no soy el único que piensa que la formación en PRL debería ser algo mucho más exigente.

      Un saludo

    • Anónimo 31 agosto, 2011 en 10:19 #

      Con respecto a tus preguntas 3 y 4, SI se le puede impedir acceder a la obra al trabajador que no acredite la formación necesaria y SI que afecta a los autónomos, considerados como parte del escalón de subcontratación.

  72. javifebu 30 agosto, 2011 en 18:30 #

    Que hay Eduardo..
    Si no me equivoco, lo que se me ocurre de inmediato es:
    La formación específica para vuestra especialidad particular la deberías poder obtener recurriendo a un Servicio de Prevención Ajeno (SPA)… ya sea el vuestro propio si gestionais así a través de uno de estos la prevención en vuestra actividad, o, si no, buscandoos un SPA con vocación también de centro de formación que os resolviese vuestra situación.
    Cordiales saludos amigo

  73. Eduardo 30 agosto, 2011 en 12:47 #

    Hola amigos!

    Muy interesante el debate abierto. Yo quisiera hacer una aportación que en mi caso particular es preocupante, pues siendo necesaria la obligatoriedad de la formación especifica, que ocurre cuando es imposible recibirla porque el oficio no se encuadra en el listado de cursos ofrecidos por la FLC?
    Un ejemplo son nuestros especialistas que trabajan con técnicas de agua a alta presión en la reparación estructural.
    Ahí dejo la duda. Como pueden exigir algo que no existe?, en nuestro caso, y en otros oficios como: cortes diamantados, inyecciones, etc.
    Saludos

    • Alberto García Gomis 30 agosto, 2011 en 15:33 #

      Buenas tardes Eduardo. Tienes toda la razón. La TPC está muy mal planteada en mi opinión ya que no recoge todas las necesidades formativas del sector (cada vez mas especializado de la construcción).

      La exigencia de formación de los trabajadores viene regulada desde distintos ámbitos legales.

      Cuando hablamos de TPC viene regulado desde IV Convenio Colectivo y establece:

      Primer Ciclo: La formación mínima exigida para tener la TPC es la Formación Inicial de Prevención de Riesgos Laborales en Construcción o Aula Permanente que tiene una duración de 8 horas; dicha formación no eximirá al empresario de su obligación de informar al trabajador de los riesgos específicos de su puesto de trabajo.
      Segundo Ciclo: Ha de transmitir conocimientos y normas especificas en relación con el puesto de trabajo u oficio. El Convenio colectivo desarrolla la duración y contenidos que ha de cubrir la formación de este segundo nivel, según los puestos trabajo u oficios.
      Tercer Ciclo: Nivel básico de Prevención de Riesgos Laborales en Construcción (60 horas).

      ¿Que quiere decir?

      Primer ciclo, todo el que trabaje en construcción: gerente, administrativo, encofrador, cristalero…lo que sea.
      Segundo ciclo, el convenio establece unas agrupaciones de «oficios» muy genéricas y deja fuera infinidad de profesionales. Indicar que de las 20h totales existen 14h comunes en TODAS las especialidades y 6h específicas. Las materias y contenidoas las regula el convenio.

      Pero por otro lado tenemos RD 1109/2007
      Cito:

      Artículo 12.
      Formación de recursos humanos de las empresas.
      1. De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, las empresas deberán velar por que todos los trabajadores que presten servicios en las obras tengan la formación necesaria y adecuada a su puesto de trabajo o función en materia de prevención de riesgos laborales, de forma que conozcan los riesgos y las medidas para prevenirlos.
      (…)
      Esta formación se podrá recibir en cualquier entidad acreditada por la autoridad laboral o educativa para impartir formación en materia de prevención de riesgos laborales, deberá tener una duración no inferior a diez horas (…)

      Resumen, si tu trabajo/oficio no se ajusta a los estipulados por convenio deberás complementar la formación con una específica de 10h como mínimo.

      Recomendación, en vuestro caso haced 8h Nivel inicial y 20h Nivel específico (yo haría Albañilería ya que es el cajón desastre donde todo cabe), podreis obtener la TPC y no tener problemas con la Autoridad Laboral en caso de inspección rutinaria(generalmente no piden mas).
      Completad vuestra formación específica del puesto de trabajo con 10h, te recomiendo para realizarla cualquier empresa de formación seria que te ofrezca una formación in company adecuada a tus necesidades. Si necesitas alguna recomendación te la puedo pasar por mail (albertogarciagomis@gmail.com), yo conozco en zona Comunidad Valenciana.
      Las formaciones específicas por puesto de trabajo son muy solicitadas en caso de accidente.

      Gracias por el comentario, me parece que has detectado uno de los puntos débiles de la formación exigida.

      Espero haber sido de ayuda.
      Saludos.

  74. javifebu 29 agosto, 2011 en 13:47 #

    Enhorabuena por el artículo a Enrique y a Alberto, lo encuentro un artículo interesante y además escrito de una forma muy sencilla y entendible.
    Solo un detalle:
    El curso de PRL para la TPC de nivel básico es seguro que es el de 8 h y el curso de nivel específico según el oficio es el de 20 horas? Tenía entendido que era al revés, el nivel básico es el de 20 h y el específico por oficio es el de 8 h.
    Me puedo dirigir a la página web de la fundación laboral de la construcción para consultar este detalle? Saludos.

    • Alberto García Gomis 29 agosto, 2011 en 17:35 #

      Muchas gracias a ti por leernos.
      Intentaré aclararlo ya que suele haber confusión con las nomenclaturas.
      Existen 3 niveles: Inicial 8h, Específico 20h y Básico 60h.
      Tanto el Inicial como el Específico son obligatorios para poder trabajar en obra de construcción, lo estipula el IV Convenio del Sector de la Construcción 2004-2011.
      El nivel Básico es obligatorio para poder ejercer funciones de Recurso Preventivo en obra(explicarlas requiere un post aparte…todo llegará) pero no es obligatorio para trabajar en obra desarrollando cualquier actividad (albañil, pintor, encofrador…etc).
      Cualquiera de los tres niveles se puede obtener haciendo el curso en centro homologado y obteniendo certificado de formación (Título).
      La TPC lo que hace es registrar que posees formación en PRL cualquiera que sea el curso que tengas hecho. De hecho hace un tiempo se expedían tarjetas con tener hecho sólo el inicial de 8 horas.
      Para consultas te recomiendo IV Convenio ya que es quien regula, la web de la FLC te puede ayudar pero está más enfocada a la gestión de la tramitación de la TPC.
      Espero haberte aclarado. Si tienens cualquier consulta no dudes en preguntar a través del blog de Enrique o de mi mail (albertogarciagomis@gmail.com).

      Saludos.

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